Mariana Mier
Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Actualizado: 28 mar 2019
El pasado 14 de junio de 2018 se publicó el decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Las disposiciones que se adicionan versan sobre avisos que se deberán de hacer en caso de transmitir partes sociales o acciones, conforme a lo establecido en los artículos 73 y 129, tal y como se muestra a continuación:
Artículo 73: Respecto a la inscripción en el libro especial de socios, el párrafo que se adiciona establece: “De la inscripción a que se refiere el párrafo anterior deberá publicarse un aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía conforme a lo dispuesto en el artículo 50 Bis del Código de Comercio y las disposiciones para su operación”.
Artículo 129: “De la inscripción a que se refiere el párrafo anterior deberá publicarse un aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía conforme a lo dispuesto en el artículo 50 Bis del Código de Comercio y las disposiciones para su operación.
La Secretaría se asegurará que el nombre, nacionalidad y el domicilio del accionista contenido en el aviso se mantenga confidencial, excepto en los casos en que la información sea solicitada por autoridades judiciales o administrativas cuando ésta sea necesaria para el ejercicio de sus atribuciones en términos de la legislación correspondiente.”
En caso de que requiera asesoría legal al respecto, o simplemente tenga alguna duda o comentario, será un placer atenderlos.
